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1518 INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [55 STAT. b) que, en principio, el limite de un sector de control es la mitad de la distancia que separa la estaci6n a que tal Sector pueda estar asignado, de la estaci6n que controle el sector siguiente en el mismo camino a6reo; c) que, para un vuelo dado, el punto exacto donde ha de transferirse el control de comunicaciones de una estaci6n a la siguiente sera determinado mediante un acuerdo entre las estaciones de tierra respectivas y la aeronave. X COMUNICACION-ES DEL SERVICIO AERONXUTICO ENTRE PUNTOS FIJOS Considerando: 1.- Que el establecimiento de sectores de control podria requerir el empleo de un servicio fijo adecuado y rapido de comunicaciones entre las estaciones de control; 2.- que podria suceder que las frecuencias asignadas a las rutas por el Reglamento General de Radiocomunicaciones no permitiran asegurar el volimen necesario de trafico entre puntos fijos, como asimismo, las comunicaciones esenciales de las aeronaves; 3. -que el Reglamento General de Radiocomunicaciones no prohibe el empleo de frecuencias, a los servicios aeronauticos, dentro de las bandas asignadas a los servicios fijos de comunicaci6n entre puntos fijos. Se recomienda: a) que se establezca un servicio de radiocomunicaci6n rapido y eficiente, entre estaciones de control de un mismo camino aereo, ya sea entre estaciones adyacentes por una parte o entre estaciones terminales por la otra. Para este objeto, a lo menos dos series de frecuencias tendran que proveerse segfn scan las distancias y para las operaciones diurnas y nocturnas; b) que las comunicaciones a larga distancia entre estaciones de con- trol scan reducidas estrictamente al carnbio de mensajes rela- cionados con la seguridad de aeronaves y la regularidad de los vuelos; c) que cada gobierno examine la posibilidad de proporcionar, para el uso de estaciones aeronauticas de servicio fijo, frecuencias apropiadas dentro de las bandas asignadas a los servicios fijos, que puedan asegurar una rapida transmisi6n del trafico necesa- rio a las estaciones de control con las cuales se requiere una radiocomunicaci6n directa. Las frecuencias que puedan en- contrarse disponibles despues de este examen seran puestas a disposici6n de todos; es de prever que la contribuci6n de cada pais para las frecuencias sera en nfimero proporcional a sus intereses en el servicio; d) que se realicen sobre la misma frecuencia transmisiones de radio emitidas por una estaci6n aeronautica fija, especialmente designada, y destinadas a ser recibidas por una o mas esta- ciones semejantes, que cubran largas rutas transoceanicas, y situadas a distancias apropiadas a la propagaci6n caracterfs- tica de las frecuencias empleadas en un momento dado;