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TREATIES CAPITULO I PROPOSITOS Y PRINCIPIOS Articulo 1 Los Prop6sitos de las Naciones Unidas son: 1. Mantener la paz y la seguridad internacio- nales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresi6n u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacificos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones intema- cionales susceptibles de conducir a quebranta- mientos de la paz; 2. Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determina- ci6n de los pueblos, y tomar otras medidas ade- cuadas para fortalecer la paz universal; 3. Realizar la cooperaci6n internacional en la soluci6n de problemas internacionales de caracter econ6mico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estimulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinci6n por motivos de raza, sexo, idioma o religi6n; y 4. Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propositos comunes. Articulo 2 Para la realizaci6n de los Prop6sitos consig- nadosen el Articulo 1, laOrganizaci6n ysusMiem- bros procederin de acuerdo con los siguientes Principios: 1. La Organizaci6n esti basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros. 2. Los Miembros de la Organizaci6n, a fin de asegurarse los derechos y beneficios inherentes a su condici6n de tales, cumpliran de buena fe las obligaciones contraidas por ellos de conformidad con esta Carta. 3. Los Miembros de la Organizaci6n arreglaran sus controversias internacionales por medios pa- cificos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia. 4. Los Miembros de la Organizaci6n, en sus relaciones internacionales, se abstendran de re- currir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia politica de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Prop6sitos de las Naciones Unidas. 5. Los Miembros de la Organizaci6n prestaran a esta toda clase de ayuda en cualquier acci6n que ejerza de conformidad con esta Carta, y se absten- dran de dar ayuda a Estado alguno contra el cual la Organizaci6n estuviere ejerciendo acci6n pre. ventiva o coercitiva. 6. La Organizaci6n hara que los Estados que no son Miembros de las Naciones Unidas se con- duzcan de acuerdo con estos Principios en la medida que sea necesaria para mantener la paz y la seguridad interuacionales. 7. Ninguna disposici6n de esta Carta autorizar& a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicci6n interna de los Estados, ni obligara a los Miembros a some- ter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta; pero este principio no se opone a la aplicaci6n de las medidas coerci- tivas prescritas en el Capitulo VII. CAPITULO II MIEMBROS Articulo 3 Son Miembros originarios de las Naciones Unidas los Estados que habiendo participado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organi- [59 STAT.