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TREATIES Articlo83 1. Todas las funciones de las Naciones Unidas relativas a zonas estrategicas, incluso la de aprobar los terminos de los acuerdos sobre administraci6n fiduciaria y de las modificaciones o reformas de los mismos, seran ejercidas por el Consejo de Seguridad. 2. Los objetivos basicos enunciados en el Arti- culo 76 seran aplicables a la poblaci6n de cada zona estratdgica. 3. Salvo las disposiciones de los acuerdos sobre administraci6n fiduciaria y sin perjuicio de las exigencias de la seguridad, el Consejo de Seguri. dad aprovechara la ayuda del Consejo de Adminis- traci6n Fiduciaria para desempeiar, en las onas estrategicas, aquellas funciones de la Organiza- ci6n relativas a materias polticas, economicas, sociales y educativas que correspondan al regimen de administraci6n fiduciaria. Artculo 84 La autoridad adminstradora tendra el deber de velar por que el territorio fideicometido con- tribuya al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. Con tal fin, la autoridad adminis- tradora podri hacer uso de las fuerzas voluntarias, de las facilidades y de la ayuda del citado territorio, a efecto de cumplir con las obligaciones por ella contraidas a este respecto ante el Consejo de Segu- ridad, como tambien par la defensa local y el mantenimiento de la ley y del orden dentro del territorio fideicometido. Ardculo8 1. Las funciones de la Organizaci6n en lo que respecta a los acuerdos sobre administraci6n fidu- ciaria relatives a todas las zonas no designadas como estrategicas, incluso la de aprobar los trmi- nos de los acuerdos y las modificaciones oreformas de los mismos, seran ejercidas por la Asamblea General. 2. El Consejo de Administraci6n Fiduciaria, [59 STAT. bajo la autoridad de la Asamblea General, ayudari a 6sta en el desempefo de las funciones aqui enumeradas. CAPTruLO xm EL CONSEJO DE ADMINISTRACION FIDUCIARIA Composicion Articulo 86 1. El Consejo de Administraci6n Fiduciaria estara integrado per los siguientes Miembros de las Naciones Unidas: a. los Miembros que administren territorios fideicometidos; b. los Miembros mencionados por su nom- bre en el Articulo 23 que no est6n adminis- trando territorios fideicometidos; y c. tantos otros Miembros elegidos por perio- dos de tres afos por la Asmblea General cuantos scan necesarios para asegurar que el numero total de miembros del Consejo de Ad- ministraci6n Fiduciaria se divida per igual entre los Miembros de las Naciones Unidas administradores de tales territorios y los no administradores. 2. Cada miembro del Consejo de Administra. ci6n Fiduciaria designari a una persona especial- mente calificada para que lo represente en el Consejo. Funionesy Poderes Articuo 87 En el desempeiio de sus funciones, la Asamblea General y, bajo su autoridad, el Consejo de Ad- ministraci6n Fiduciaria, podrin: a: considerar informes que les haya rendido la autoridad administradora; b. aceptar peticiones y examinarla en con- sulta con la autoridad administradora; c. disponer visitas peri6dicas a los territo- 1174