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61 STAT.] ECUADOR-COOPERATIVE EDUCATION--Nt. 24, 1947 3923 CLAUSULA XVII Este Convenio de Pr6rroga reemplaza al Convenio en todos sus aspectos, y entrara en vigencia con el cambio de notas diplomaticas entre el Ministerio de Relaciones Exteriores del Gobierno del Ecuador, y la Embajada de los Estados Unidos de America en el Ecuador, que confirmen y acepten el presente Convenio de Pr6rroga, o en la fecha de la ejecuci6n del mismo, en el caso de que las referidas notas diplo- maticas aprobando la pr6rroga del programa cooperativo de educa- ci6n, de acuerdo con las estipulaciones contenidas en el presente con- venio, hayan sido ya cruzadas. EN FE DE LO CUAL, las partes suscriptoras del presente han formulado este Convenio de Pr6rroga para que sea ejecutado por sus represen- tantes debidamente autorizados, en duplicado, en los idiomas Ingles y Espafiol, en Quito, Ecuador, a 11 Nov. 1947 porl n

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