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62 STAT.] MULTILATERAL-WORLD HEALTH ORGANIZATION-JULY 22, 1946 CAPITULO II FUNCIONES Articulo 2 Para alcanzar esta finalidad, las funciones de la Organizaci6n seran: (a) actuar como autoridad directiva y coordinadora en asuntos de sanidad internacional; (b) establecer y mantener colaboraci6n eficaz con las Naciones Unidas, los organismos especializados, las administraciones oficiales de salubridad, las agrupaciones profesionales y demis organizaciones que se juzgue convenientes; (c) ayudar a los gobiernos, a su solicitud, a fortalecer sus servicios de salubridad; (d) proporcionar ayuda tecnica adecuada y, en casos de emergencia, prestar a los gobiernos la cooperaci6n necesaria que soliciten, o acepten; (e) proveer o ayudar a proveer, a solicitud de las Naciones Unidas, servicios y recursos de salubridad a grupos especiales, tales como los habitantes de los territorios fideicometidos; (f) establecer y mantener los servicios administrativos y t6cnicos que sean necesarios, inclusive los epidemiol6gicos y de estadistica; (g) estimular y adelantar labores destinadas a suprimir enferme- dades epid6micas, endemicas y otras; (h) promover, con la cooperaci6n de otros organismos especializados cuando fuere necesario, la prevenci6n de accidentes; (i) promover, con la cooperaci6n de otros organismos especializados cuando fuere necesario, el mejoramiento de la nutrici6n, la habitaci6n, el saneamiento, la recreaci6n, las condiciones econ6micas y de trabajo, y otros aspectos de la higiene del medio; (j) promover la cooperaci6n entre las agrupaciones cientfficas y profesionales que contribuyan al mejoramiento de la salud; (k) proponer convenciones, acuerdos y reglamentos y hacer recomen- daciones referentes a asuntos de salubridad internacional, asi como desempenar las funciones que en ellos se asignen a la Organizaci6n y que est6n de acuerdo con su finalidad; (1) promover la salud y la asistencia maternal e infantil, y fomentar la capacidad de vivir en armonia en un mundo que cambia constantemente; (m) fomentar las actividades en el campo de la higiene mental, especialmente aquellas que afectan las relaciones arm6nicas de los hombres; (n) promover y realizar investigaciones en el campo de la salud; (o) promover el mejoramiento de las normas de ensefanza y adiestramiento en las profesiones de salubridad, medicina y afines. 2755