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INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [62 STAT. Porcertale Pafs Pals Perd . ... .. ... ... Filipinas.......... Polonia .. . . .. ... . Arabia Saudita .. . ... . Suecia ............ Siria ........... Turqufa .......... Ucrania (Repdblica Socialista Sovi6tica de) .. . ... . Sud~frica. .. . . ..... Uni6n de las Republicas Socia- listas Sovi6ticas . ..... Reino Unido . . ...... Estados Unidos de Am6rica. . RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL EL 12 DE FEBRERO DE 1946 (documento A/45) LA ASAMBLEA GENERAL, RECONOCIENDO que es de inme- diata urgencia el problema de los refugiados y personas desalojadas de todas clases, y reconociendo la necesidad de hacer una distinci6n clara entre los verdaderos refugia- dos y personas desalojadas, por un lado, y los criminales de guerra, quislings y traidores menci- onados en el siguiente pfrrafo (d), por el otro lado: (a) DECIDE referir este pro- blema al Consejo Econ6mico y Social, para que lo estudie detenidamente, en todos sus aspectos, segdn el punto nd- mero 10 de su programa para la primera sesi6n del Consejo y para que presente el informe correspondiente a la Asamblea General, durante la segunda parte de su primera sesi6n; (b) RECOMIENDA al Consejo Econ6mico y Social que de- signe un comite especial para Ilevar a cabo, tan pronto como se pueda, el examen del asunto y preparaci6n del informe men- cionado en el parrafo (a); y Uruguay ..... Venezuela .. Yugoslavia .. Nuevos Miembros . 0.17 0. 24 0.61 0. 07 2. 20 0.10 0. 88 Poreantaje . . . .. 0.15 . . . .. 0.23 . . . . . 0.23 . . . .. 1. 92 100. 00 0.62 3. Las cuotas para los gastos de 1.00 reinstalaci6n en gran escala se 4 69 regiran por las disposiciones del 14 75 Articulo X, parrafo 4, de estos 45. 75 Estatutos. .A NEXO III (c) RECOMIENDA al Consejo Econ6mico y Social que al estudiar este asunto tome en consideraci6n los siguientes prin- cipios: (i) el caracter y alcance internacional de este problema. (ii) que no se podra obligar a regresar a su pais de origen a ningdn refugiado o persona de- salojada que, final y definiti- vamente con absoluta libertad y despu6s de hab6rsele dado a conocer completamente la situa- ci6n, incluyendo informes ade- cuados por el gobierno de su pais de origen, exprese objeciones validas y no est6 inclufdo en lo dispuesto en el parrafo (d) subsiguiente. El organismo in- ternacional que se reconozca o establezca como resultado del informe mencionado en los par- rafos (a) y (b) precedentes, se hara cargo del future de dichos refugiados o personas desalo- jadas, exceptuando aquellos casos en que el Gobierno del pais en que estan establecidos haga arreglos con este orga- nismo para hacerse cargo del costo de su sustento y re- sponsable de su protecci6n; (iii) que la tarea principal, en relaci6n con las personas desalojadas, consiste en alentar- 3122