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1474 INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [55 STAT. In witness whereof the respec- En fe de lo cual, los respectivos tive Plenipotentiaries have signed Plenipotenciarios han firmado este this Agreement and have affixed Convenio y le han fijado sus sellos. their seals hereto. Done in duplicate, in the Eng- Hecho en duplicado, en los lish and Spanish languages, both idiomas ingles y espafiol, ambos authentic, at the city of Habana, aut6nticos, en la ciudad de La this twenty-third day of Decem- Habana, a los veintitr6s dias del ber, 1941. mes de diciembre de 1941. For the President of the United States of America: [SEAL] GEORGE S. MESSERSMITH Ambassador Extraordinaryand Plenipotentiaryof the United States of America For the President of the Republic of Cuba: [SELLO] J M CORTINA Minister of State of the Republic of Cuba EXCHANGE OF NOTES BETWEEN THE MINISTER OF STATE OF THE REPUBLIC OF CUBA AND THE AMBASSADOR OF THE UNITED STATES OF AMERICA TO CUBA The Minister of State to the Ambassador MINISTERIO DE ESTADO La Habana, 23 de diciembre de 1941. EXCELENCIA: Tengo el honor de referirme a las estipulaciones del convenio comercial suplementario entre nuestros dos paises firmado hoy en La Habana, que establece un tipo de derechos reducidos sobre azdcar de origen cubano que se importe en los Estados Unidos de America. Con vista de la vital importancia que las exportaciones de azdcar tienen para la economfa de Cuba, y de la posici6n predominante de los Estados Unidos como mercado para el azucar de Cuba, mi Gobierno desea que se considere lo grave de la posibilidad de que se adopten en los Estados Unidos de America, en cualquier tiempo, medidas que pudieran afectar adversamente la situaci6n de Cuba como abas- tecedora de azucar al mercado de los Estados Unidos, en comparaci6n con las que se establecen en las estipulaciones de la Ley Azucarera de 1937, ya que mi Gobierno estima que tales medidas anularian los fines de este Convenio y de las relaciones comerciales existentes.