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57 STAT.] COSTA RICA-RUBBER INVESTIGATIONSJune 21, 1943 1049 July 1, 1943 understanding between the Government of the United States of America and the Government of the Republic of Costa Rica that the agreement above-mentioned, as amended, shall continue in force after June 30, 1943, and shall remain in force thereafter subject to termina- tion on a notice of six months given by either Government. Accept, Excellency, the renewed assurances of my highest consider- ation. FAY ALLEN DES PORTES His Excellency Senor Licenciado don ALBERTO ECHANDI Secretary of State for Foreign Affairs San Jose, Costa Rica The Costa Rican Secretary of State for Foreign Affairs to the American Ambassador REPUBLICA DE COSTA RICA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES NO.1523*B SAN JoSf, lo. julio 1943. SEROR EMBAJADOR: Tengo la honra de referirme a su nota no. 22 de 21 junio pr6ximo anterior, concerniente a la pr6rroga del convenio celebrado entre los Estados Unidos de America y la Repdblica de Costa Rica, por medio de las notas de 19 de abril y 16 de junio de 1941 del Encargado de Negocios interino de su pais y del suscrito, respectivamente, y al acuerdo subsiguiente a que se refieren las notas de 3 de abril de 1943 del Sr. Ministro Americano y de esta Secretaria, y me complazco en trascribir a Vuestra Excelencia el informne que en el particular me da el Sr. Secretario de Agricultura en oficio no.3149 de 30 del ines ,interior, y que en lo conducente dice: "En acuerdo con su nota no.1455*D de 22 de junio corriente, ruego a usted manifestar al Sr. Embajador de los Estados Unidos de America, lo siguiente: lo.-Es de mi deber reconocer el magnifico espiritu de colabo- raci6n que, en cumplimiento del convenio suscrito con el Departa- mento de Agricultura de los Estados Unidos de America para establecer una estaci6n experimental de cultivos de hule, han mantenido sus directores y empleados. 2.-Asimismo los buenos resultados obtenidos con los trabajos que efectda esa Estaci6n. En consecuencia, y en acuerdo con el deseo sustentado por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de America, para prorrogar el convenio de 19 de abril y 16 de junio de 1941, tal cual fue reformado por el convenio suplementario de 3 de abril de 1943, este Despacho, con la debida autorizaci6n del Sr. Presidente de la Repdblica, acepta la pr6rroga de dicho convenio