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1276 INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [59 STAT. The Costa Rican Secretary of State for Foreign Affairs to the American Ambassador REPUBLICA DE COSTA RICA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES No. 11241B SAN Josi, 29 mayo 1944. SENOR EMBAJADOR: En atenci6n a lo que dispone el parrafo tercero del convenio cele- brado el 20 de mayo en curso en la ciudad de San Jos6, entre el Gobierno de Costa Rica y el de los Estados Unidos de America, para el sumi- nistro temporal de trabajadores costarricenses a este fltimo pais, y en el cual figuran como representantes el Sefior Subsecretario de Trabajo y Previsi6n Social, Licdo. Hernmn Bejarano Rivera, por parte de Costa Rica, y el Sefior Hiram S. Phillips, por parte del Director de la Comisi6n de Recursos Htumanos de Guerra de los Estados Unidos de Am6rica, tengo la honra de remitir a Vuestra Excelencia la presente nota de intercambio como ratificaci6n de ese convenio por parte del Gobierno de Costa Rica. El documento de que se habla en el parrafo anterior dice asf: "Entre nosotros, Hernan Bejarano Rivera, Subsecretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Previsi6n Social por parte del Gobierno de la Repfiblica de Costa Rica y debidamente autorizado al efecto por el sefior Presidente de la Repfblica, e Hiram S. Phillips, representante del Director de la Comisi6n de Recursos. Humanos de Guerra (War Manpower Commission) de los Estados Unidos de America, POR CUANTO, en la promoci6n del esfuerzo comin de la guerra por las Naciones Unidas, el Gobierno de los Estados Unidos de America y el Gobierno de Costa Rica estan de acuerdo en facilitar la migraci6n temporal de trabajadores de Costa Rica a los Estados Unidos de America para ser empleados dentro de los limites continentales de los Estados Unidos en industrias y servicios esenciales a la preservaci6n, venta o distribuci6n de productos agricolas, incluyendo las industrias madereras: POR LO TANTO, convienen en sugerir las siguientes estipula- ciones generales, pudiendo este acuerdo ser formalizado mediante intercambio de notas entre la Secretaria de Relaciones Exte- teriores de la Republica de Costa Rica y la Embajada de los Estados Unidos de America en Costa Rica: I. Estipulaciones Generales A. -E1 Gobierno de Costa Rica se esforzar, de la mejor manera en facilitar el reclutamiento de trabajadores de nacionalidad costarricense; en establecer centros de registro para la organiza- ci6n de tales trabajadores, cuando fuere necesario, y en la migra- ci6n temporal de- dichos trabajadores a los Estados Unidos de America de acuerdo con los arreglos hechos por medio del Di- rector de la Comisi6n de Recursos Humanos de Guerra ("War Manpower Commission), o de su representante autorizado. B. - Los trabajadores que ingresen en los Estados Unidos de