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2850 INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [63 STAT. modificado y suplementado por las disposiciones de este Convenio de Pr6rroga, incluyendo los siguientes detalles: 1.- Las Partes declaran que reconocen que el Instituto, siendo una corporaci6n dependiente del Gobierno de los Estados Unidos de America, totalmente poseido, dirigido y controlado por el Gobierno de los Estados Unidos de America, esta autorizado para compartir plenamente todos los privilegips e inmunidades, incluyen- do las inmunidades de juicio en los tribunales de los Estados Unidos Mexicanos, de que gozan los Estados Unidos de America. 2.- Las Partes convienen que de cualesquiera fondos de la Direc- ci6n que no hayan sido gastados al terminar este Convenio de Pr6rroga se dispondra de acuerdo con un Convenio escrito entre el Secretario y el Jefe del Grupo de Campo. 3.- Por acuerdo entre el Secretario yel Joefe del Grupo de Campo, los fondos de la Direcci6n deberan ser usados para reembolsar o sufragar los salarios, gastos de manutenci6n, gastos de viaje y transporte y otros gastos de personal adicional de la Divisi6n de Salud y Saneamiento del Instituto en Mexico que las Partes mencionadas acuerden que sea necesario emplear, ademas de los empleados a que se refiere la Clausula II de este documento. Tales fondos podran ser aportados o concedidos para los prop6sitos enunciados, por la Direcci6n al Instituto o a cualquier otra Organi- zaci6n, pero en cada caso el Secretario y el Jefe del Grupo de Campo concertaran un Convenio escrito de programa estableciendo el alcance y las demas condiciones necesarias de tales contribuciones o donaciones. CLAUSULA VI Este Convenio de Pr6rroga sera efectivo en la fecha de su firma. EN FE DE LO CUAL, las Partes ban acordado que este Convenio de Pr6rroga sea firmado por sus representantes debidamente auto- rizados, en quintuplicado, en ambos idiomas, espafiol e ingles, en la ciudad de Mxico, Estados Unidos Mexicanos, a -- .. .. .. .. .----. dia------------. . .. .. . 1949. LA SECRETARIA DE EL INSTITUTO DE ASUN- SALUBRIDAD Y ASISTENCIA TOS INTERAMERICANOS Por: Por:___ Si el Instituto de Asuntos Interamericanos esta de acuerdo con los tmminos del proyecto preinserto, la Secretarla de Salubridad y Asis- tencia y el mismo Instituto podrlan proceder de inmediato a la firma del Convenio de Pr6rroga del programa cooperativo de salud y saneamiento mencionado. En espera de la contestaci6n de Vuestra Excelencia, me es grato reiterarle las seguridades de mi mas alta consideraci6n. MANUEL TELLO. Al Excelentisimo Sefior WALTEB TaBSTON, Emjdor traordinario y PleipoteSiro de lbs EtadQ Unidos de Amrica, Ciudad.