Page:United States Statutes at Large Volume 55 Part 2.djvu/169

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para evitar interferencia con estaciones de la Clase I, o con otras estaciones de la Clase II, de acuerdo con las normas de ingenieria que mas adelante se establecen. Clase III: Estaci6n que opera en un canal regional y que esta destinada a prestar servicio principalmente a zonas metropolitanas y a las areas rurales adyacentes y contiguas a ellas. Las estaciones de la clase III se subdividen en dos clases: Clase III-A: Una estaci6n de la Clase III que trabaja con potencia no menor de 1 kw. ni mayor de 5 kw. y cuya area de servicio esta sujeta a sufrir interferencia, de acuerdo con las normas de ingenieria que mas adelante se consignan. Clase III-B: Una estaci6n de la Clase III que trabaja con potencia no menor de 0.5 kw. ni mayor de 1 kw. durante la noche y 5 kw. durante el dia, y cuya area de servicio queda sujeta a sufrir interferencia de acuerdo con las normas de ingenieria que mas adelante se consignan. - Clase IV: Una estaci6n que, utilizando un canal local, esta destinada a prestar servicio principalmente a una ciudad o poblaci6n y a las areas suburbanas y rurales contiguas a esta. La potencia de una estaci6n de esta clase no sera menor de 0.1 kw. ni mayor de 0.25 kw. y su &rea de servicio esta sujeta a sufrir interferencia de acuerdo con las normas de ingenieria que mAs adelante se consignan. 3.- Cambio de clase: Si una o mas estaciones de la Clase III-B ubicadas en cualquier pais pueden, haciendo uso de antenas direc- cionales o por otros medios, reducir la interferencia causada o recibida por dicha estaci6n o estaciones al contorno de campo en que se permite interferencia a las estaciones de la Clase III-A, tal estaci6n o estaciones quedaran clasificadas e incluidas automaticamente dentro de la Clase III-A, y de alli en adelante las Administraciones de todos los paises comprendidos en la Regi6n las reconocerin y trataran como tales. 4. Uso de canales despejados. (a) En principio, y finicamente con la excepci6n que mas adelante se estipula, las estaciones de la Clase I se asignarfn s61o a canales despejados. (b) Las estaciones de la Clase II podran asignarse dnicamente a canales despejados, siempre que no se produzca interferencia objetable a ninguna estaci6n de la Clase I. Cuando cualquier pais tenga prioridad en el uso de un canal despejado para cualquier estaci6n de la Clase I-A, ningdn otro pais asignara- una estaci6n de la Clase II a ese canal para funcionamiento nocturno (desde la puesta a la salida del sol en la ubicaci6n de la estaci6n de la Clase II) a menos que tal estaci6n de la Clase II est6 situada a no menos de 650 millas de la frontera mas cercana del pais en el que est6 ubicada la estaci6n de la Clase I-A; disponiendose, sin embargo, que en el caso de que se mencione de un modo especffico tal asignaci6n en el Ap6ndice I, se entendera que la misma ha sido autorizada dentro de las limitaciones estipuladas en dicho Apcndice. TREATIES [55 STAT. 1040