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2788 INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [61 STAT. carga y correo de transito internacional en Quito, Guayaquil, Rio- bamba, Esmeraldas, Manta, Salinas, Cuenca y Loja, en las siguientes rutas via puntos intermedios en ambas direcciones: 1. Los Estados Unidos, y/o la Zona del Canal, a Quito, Riobamba, Esmeraldas, Manta, Salinas, Guayaquil, Cuenca y Loja; y desde el Ecuador: a)-Desde Quito a Ipiales, Colombia, b)-A puntos en Peru, y a puntos fuera del Peru. 2.- Los Estados Unidos a Quito y Guayaquil y de ahi al Peru y otros puntos fuera de este pais. En la ruta arriba indicada, la linea aerea o las lineas aereas autoriza- das para operar dicha ruta, podran efectuar vuelos sin escalas entre cualquiera de los puntos enumerados, omitiendo escalas en uno o mas de los otros puntos enumerados. B. Las lineas aereas del Ecuador designadas conforme al presente Acuerdo, gozaran de los derechos de transito, de escalas para fines no comerciales en el territorio de los Estados Unidos, y del derecho de embarcar y desembarcar pasajeros, carga y correo de transito inter- nacional, en un punto o puntos en el territorio de los Estados Unidos, para una ruta o rutas acordadas por los Gobiernos del Ecuador y Estados Unidos, en la fecha en que el Gobierno del Ecuador deseare comenzar las operaciones. En la ruta arriba indicada, la linea aerea o lineas aereas autorizadas para operar dicha ruta, podran efectuar vuelos sin escalas entre cual- quiera de los puntos enumerados, omitiendo escalas en uno o mas de los otros puntos enumerados.